Respuesta corta: en Chile la única vacuna obligatoria por ley es la antirrábica, según el artículo 4 del Decreto 1 del Ministerio de Salud. La primera dosis va a los dos meses, el refuerzo al año, y después según lo que indique el fabricante de la vacuna.
Esa última frase es la parte que casi nadie escribe bien, y vale la pena detenerse en ella.
La antirrábica, y solo la antirrábica
El Decreto 1 del Ministerio de Salud, promulgado en 2013 y publicado el 29 de enero de 2014, dice en su artículo 4 que todo perro y gato deberán estar permanentemente vacunados contra la rabia. Y agrega que será responsabilidad de sus propietarios y de las personas a cuyo cuidado estén mantenerlos con vacunación antirrábica vigente, lo que se acredita con un certificado extendido por un médico veterinario.
Las otras vacunas del calendario habitual, la séxtuple y las demás, son recomendación profesional. Importan para la salud del animal, pero no son una obligación legal en Chile.
El mismo decreto precisa en su artículo 3 que solo pueden usarse vacunas antirrábicas de virus inactivado.
La frecuencia: lo que dice el decreto y lo que se repite
Aquí hay una diferencia que conviene conocer, porque se lee lo contrario en todas partes.
El texto del artículo 4 es este: la primera vacunación deberá aplicarse una vez cumplidos los dos meses de edad del animal, se aplicará un primer refuerzo al año de edad, y a continuación se continuará vacunando con la periodicidad que indique el productor de la vacuna aplicada.
No dice anualmente. Dice lo que indique el fabricante, que según la vacuna puede ser un año o más. La versión de la obligación anual circula ampliamente, incluso en sitios que se presentan como autorizados, y lo más probable es que venga de una norma anterior ya reemplazada. Lo verificable es la mitad que importa: la regla vigente no fija un año.
En la práctica, quien decide cuándo toca el refuerzo es tu veterinario mirando la vacuna que puso. Que es exactamente lo que el decreto manda.
El certificado, dato por dato
El artículo 5 del decreto lista lo que debe contener el certificado, y es una lista más larga de lo que la gente supone. Del propietario: nombre, dirección, teléfono y RUN. Del animal: nombre, especie, raza, edad, tamaño, color y número de identificación. De la vacuna: tipo, marca, laboratorio, número de serie, período de protección, fecha de aplicación y fecha de revacunación. Y del profesional: sus datos completos, RUN y firma.
Vale revisarlo cuando te lo entregan. Un certificado al que le falta el número de serie o la fecha de revacunación es justamente el que después no sirve.
Si te lo piden y no lo tienes
La autoridad sanitaria puede exigir el certificado. Si no se presenta en el momento, el artículo 4 da un plazo máximo de cinco días para presentar uno vigente.
Lo práctico es tener una foto en el teléfono y dejar una copia a quien cuide al animal cuando no estés, porque la responsabilidad de mantener la vacunación vigente alcanza también a esa persona mientras dura el cuidado.
Cuánto cuesta y cuándo la paga el Estado
El estudio del SERNAC de noviembre de 2022 encontró la antirrábica entre 6.000 y 36.000 pesos en la Región Metropolitana. El resto de los rangos de ese estudio están en cuánto cuesta un veterinario en Chile.
Hay un caso en que no la pagas tú: el artículo 19 del Decreto 1 establece que, en un foco de brote, las vacunaciones de los animales susceptibles son de costo de la autoridad sanitaria.
Antes de dejar a tu perro con alguien
La vacunación vigente y la inscripción en el registro son las dos cosas que conviene tener resueltas antes, no el día del viaje. El trámite del registro está en registrar tu perro en el Registro Nacional de Mascotas, y quién puede recibirlo en tu ciudad, en hotel canino en Chile o guardería canina si es solo por el día.






